Opinión

Espacios públicos; ¿Propiedad colectiva o individual?

Por: Gabriel Toribio

Desde hace mucho tiempo venimos escuchando que tal alcaldía empezará el rescate de los espacios públicos de una zona o comunidad determinada. Pero ¿por que se dan este tipo de situaciones si es un espacio publico, o sea de todos?

Iniciemos con la definición de lo que es un “espacio público”. Dentro de los diferentes significados, podemos encontrar que se puede definir como el lugar común de la ciudadanía, de quienes habitamos o visitamos un municipio. Los espacios públicos equipan a las ciudades, congregan a la gente y promueven sus procesos de socialización y el establecimiento de un sentido de identidad colectiva, así lo define la Alcaldía de Barranquilla en Colombia.

Podemos decir que el “espacio público” se corresponde a aquel territorio del municipio o ciudad donde cualquier persona tiene derecho a estar y circular libremente; ya sean espacios abiertos como plazas, calles, parques, etc. ; o cerrados como bibliotecas públicas, centros comunitarios,etc.

En nuestro país, La Ley 176-07 del Distrito Nacional y Los Municipios plantea, en su artículo 179, lo siguiente:

Bienes de Dominio Público.

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Los bienes de dominio publico son los destinados por el ayuntamiento a un uso o servicio público.

Párrafo I.- Son bienes de uso público local, los caminos y carreteras, plazas, calles, paseos, plazas, parques, aguas, fuentes, canales, puentes y demás obras publicas de aprovechamiento o utilización generales cuya conservación y vigilancia Sean de la competencia del municipio.

Párrafo II.- Son bienes de servicio público los destinados a1 cumplimiento de bienes públicos de responsabilidad del ayuntamiento, tales como palacios municipales y, en general, edificios que sean sede del mismo, mataderos, mercados, hospitales, hospicios, museos y similares.

Párrafo III.- Para los fines de este articulo se consideran bienes de dominio publico los espacios destinados para áreas verdes en los proyectos de urbanizaciones, sin alterar los derechos de los vecinos por otras legislaciones con el objetivo de garantizar la máxima protección jurídica de los mismos.

Al espacio ser “público” vemos como cualquier vendedor ambulante toma como suyo este lugar, negocios improvisados, las aceras como parqueos impidiendo el paso del peatón exponiéndose éste a ser impactado por un vehículo pues tiene que transitar por la calle. Un sin numero de negocios adueñándose de estos espacios haciendo construcciones para ampliar sus establecimientos, jardineras, asientos, en fin, los espacios públicos “tienen dueño”.

Esta situación en los espacios públicos, donde hasta se realizan actividades economías de subsistencia, haciendo uso intensivo del espacio público como un espacio laboral a tiempo completo, y hasta viviendas en algunas ocasiones, más que un espacio de intercambio, interacción y flujo, son una verdadera tortura para las autoridades pero sobre todo para la población. Los espacios públicos hoy en día cada vez son menos, debido al crecimiento sin planificación de las ciudades y municipios.

Se debe trabajar primero en orientar y educar a la población sobre el uso correcto de estos espacios, y donde algunos de estos lugares son usados para la recreación. Estos son espacios donde los habitantes del municipio pueden expresarse libremente de forma artística, deportiva y cultural.

La ley 176-07 expresa en su articulo 19 letra B sobre las competencias Propias de los Ayuntamientos:

El ayuntamiento ejercerá como propias o exclusivas la competencia en los siguientes asuntos:

“Normar y gestionar el espacio publico, tanto urbano como rural.”

Jordi Borjas expresa lo siguiente en su publicación Espacio Publico y el derecho a la ciudad:

“La ciudad es ante todo el espacio público, el espacio público es la ciudad. Es a la vez condición y expresión de la ciudadanía, de los derechos ciudadanos. La crisis del espacio público se manifiesta en su ausencia o abandono o en su degradación, en su privatización o en su tendencia a la exclusión. Sin espacio público potente, integrador socialmente, articulador física y simbólicamente, la ciudad se disuelve, la democracia que se pervierte, el proceso histórico que hace avanzar las libertades individuales y colectivas se interrumpe o retrocede, la reducción de las desigualdades y la supremacía de la solidaridad y la tolerancia como valores ciudadanos se ven superados por la segregación y por la codicia, por el egoísmo y la exclusión.”

Es por esto que los ayuntamientos tienen una gran responsabilidad para tratar de normalizar esta situación que viene afectando día a día a las ciudades y municipios. No podemos dejar que esta situación se convierta en una actividad que se vea normal ante los ojos de las autoridades competentes, el que los espacios públicos   estén siendo utilizados para cualquier actividad menos para las que fueron creadas.

Es necesario que las autoridades empiecen a implementar y crear políticas dirigidas a salvaguardar estos espacios para el verdadero desarrollo del municipio pero sobre todo de sus munícipes.

El que podamos tener un espacios públicos de calidad es uno de los ejes centrales de lo que se dice que es el derecho de la ciudadanía, que en palabras de Jordi Borja es, “Es el ámbito en el que los ciudadanos pueden (o debieran) sentirse como tales, libres e iguales. Es donde la sociedad se escenifica, se representa a sí misma.

El autor es dirigente del Partido de la Liberación Dominicana, ex regidor del municipio Tamboril, provincia Santiago.

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