Defensa de Jean Alain interpondrá recurso de casación tras rechazo recurso apelación
Así lo informó el equipo de defensa del exprocurador
El Consejo de Defensa del ex Procurador, Jean Alain Rodríguez, afirmó que procederá a interponer un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia, ante el rechazo del dispositivo de apelación emitido hoy por la Primera Sala de Corte de Apelaciones.
Afirmaron que en la audiencia se pudo demostrar las violaciones de los derechos fundamentales y garantías ejercidas en contra de su representado por parte del Ministerio Público, siendo desatinado y no apegado al derecho el fallo emitido.
La defensa técnica aseguró que logró demostrar el avasallador atropello del que fue objeto Rodríguez al impedírsele ejercer su derecho a defenderse durante la audiencia de medida de coerción.
“Hoy las magistradas no hicieron justicia, emitieron una sentencia contradictoria; si bien afirmaron que el derecho a declarar es inalienable a todo investigado y reconocieron que dicho derecho se le fue negado a su representado, procedieron a hacer un simple reclamo al Ministerio Público, en lugar de resarcir y enmendar la actuación de la juez a quo, que era lo que procedía”, expresó Carlos Balcácer, abogado defensor.
A su vez, expresaron que no fue un fallo apegado al mandato, la ley y el debido proceso, por lo que interpondrán un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia.
“Levantaremos un procedimiento ante el tribunal superior para que pueda anular la sentencia judicial, que contiene una incorrecta interpretación y aplicación de la ley y la Constitución”.
A su entender, la sentencia emitida por las magistradas no cumplió con la solemnidad legal pues lo que procedía era la anulación del mecanismo inicial que ha mantenido privado de libertad a Jean Alain por las violaciones emitidas en la primera instancia ante la conculcación de derecho. “El Art. 168 del Código Procesal Penal es claro al afirmar ‘cuando no se violen derechos o garantías del imputado, los actos defectuosos pueden ser inmediatamente saneados, renovando el acto, rectificando el error, o cumpliendo el acto omitido, de oficio o a petición del interesado’”, señalaron.
“Se logró demostrar la arbitrariedad y poder lacerante ejercido por el Ministerio Público en la audiencia de coerción, donde Yeni Berenice atropelló, prohibió y sesgó a Rodríguez impidiéndole ejercer el derecho intransferible a declarar ante la juez. Tutela legal efectiva y del cual es acreedora todo investigado. Los agentes encargados de hacer cumplir la ley, así como los jueces, tienen la obligación de salvaguardar ese ejercicio”, afirmó Gustavo Biaggi Pumarol, miembro del Consejo de Defensa.
Los juristas dijeron que «lograron demostrar a través del audio judicial, que plasmó aquel triste y dantesco espectáculo que aconteció en dicha audiencia, como el investigado se le impidió referirse sobre la falsedad intelectual y la desnaturalización de su escrito», por lo que entienden que dejarlo declarar en la audiencia de apelación, no es subsanación suficiente.
A su vez, puntualizaron que el recurrente aportó al juzgado una serie de presupuestos los cuales fueron utilizados en su contra, no interpretando el tribunal esos elementos para fijar, como es el caso el hecho de arraigo que mantiene enlazado al ciudadano, y que todos sus bienes se encuentran en territorio dominicano, por lo cual es muy poco probable que su representado se sustraiga del proceso.
En la presentación de su defensa material Rodríguez afirmó que existe una persecución en su contra y el interés demostrado por el Ministerio Público de hacerle daño. “Contrario a lo que promueve el populismo penal del Ministerio Público, nunca me sustraería del proceso, soy el primer interesado en que se realice una minuciosa y objetiva investigación. Lo he demostrado, al haberme presentado de manera voluntaria a la Procuraduría General, como lo hice”, expresó Jean Alain Rodríguez.
El Consejo de Defensa, había presentado un recurso de apelación pidiendo nulidad total de la sentencia emitida en la audiencia de medida de coerción, debido a la violación de los derechos fundamentales de Rodríguez, al impedírsele su ejercicio a la defensa material y deseo a declarar, sumado a la violación de los derechos fundamentales y garantías constitucionales. Sentencia que fue rechazada por el tribunal.